Aragón entra en el Nivel 3 de Alerta Agravada desde el 6 de noviembre

La comunidad de Aragón pasa a partir del 6  de noviembre al Nivel 3 de Alerta Agravada, que posibilita el endurecimiento de medidas ya establecidas para el Nivel 3 de Alerta y su modulación en función de la evolución de la situación epidemiológica provocada por la Covid-19. Además del endurecimiento de medidas en cuanto a movilidad y horarios, se amplía  hasta el 30 de noviembre el ‘toque de queda‘ nocturno entre las 23:00 h. y las 06:00 h.

La principal característica de éste Nivel 3 de Alerta Agravada es el cierre de establecimientos, tanto de hostelería como comerciales, a partir de las 20 h., con el fin de reducir la movilidad y reuniones sociales en espacios públicos. De ésta forma, todos los establecimientos deberán cerrar a las 20 h. salvo los definidos como servicios esenciales.

Medidas Nivel 3 Alerta Agravada en Aragón

  • Los servicios no esenciales pueden mantenerse abiertos con obligación de cierre a las 20 horas. Aquí se incluye la hostelería, que podrá mantener su actividad en terraza al 50%, y el comercio minorista. La actividad de comida para llevar podrá estar abierta hasta las 22 horas.
  • Los servicios esenciales podrán permanecer abiertos más allá de las 20 h., sin sobrepasar el horario máximo establecido para el nivel 3 de alerta, que son las 22 h.
  • En cuanto a las actividades culturales, como cine, teatro o similares, el horario máximo de comienzo del mismo deberá ser las 20 horas. Es decir, dichas actividades podrán acabar más tarde de ese horario, siempre y cuando tengan en cuenta la limitación horaria que sí existe para la movilidad y que está fijada a las 23 horas. Los establecimientos que quedan dentro de este punto son: teatros, auditorios, cines, salas de conferencias y exposiciones, museos y bibliotecas.
  • Las actividades deportivas en el interior quedan suspendidas. En el exterior, pondrán realizarse más allá de las 20 horas. Si la actividad no es individual será obligatorio el uso de mascarilla. Quedan excluidos de la norma los equipos de competiciones nacionales.
  • Podrán mantener su actividad los alojamientos turísticos.
  • Cambia el aforo en los mercados que realizan su actividad en la vía pública: el número de puestos podrá ser del 100% pero el aforo de público no podrá superar de una persona por cada cinco metros cuadrados.

Los aforos para todas las actividades permitidas en este nivel serán los mismos que para el nivel tres ordinario, que, como norma general, se establece en el 25%.

Actividades esenciales

  • Alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad y productos higiénicos, incluida los mercados al aire libre y la venta no sedentaria
  • Establecimientos farmacéuticos, centros, establecimientos y servicios sanitarios, servicios sociales y socio sanitarios, parafarmacia y ópticas y productos ortopédicos
  • Centros o clínicas veterinarias y alimentos para animales de compañía
  • Mercados ganaderos
  • Servicios profesionales y financieros
  • Prensa, librería y papelería
  • Floristería
  • Combustible, talleres mecánicos, servicios de reparación y material de construcción, ferreterías y estaciones de inspección técnica de vehículos
  • Estancos
  • Equipos tecnológicos y de telecomunicaciones
  • Comercio por Internet, telefónico o correspondencia y servicios de entrega a domicilio
  • Tintorerías, lavanderías, el ejercicio profesional de la actividad de peluquería y de centros de estética