El Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Sanidad, ha anunciado nuevas restricciones sociales y de movilidad ante el notable incremento de casos por Covid-19 que se han registrado durante los últimos días en nuestra comunidad. Tal y como se temía, la comunidad de Aragón se encuentra inmersa tras las fiestas navideñas en el comienzo de la cuarta ola de contagios. Éstas medidas entrarán en vigor a partir de su publicación en el BOA, que está previsto que se hoy mismo, por lo que estarán vigentes a partir de las 00:00 h. del sábado 16 de enero y se prolongarán hasta el 15 de febrero.
Entre éstas restricciones se encuentra el confinamiento perimetral de Zaragoza capital, así como de otras localidades con una tasa considerablemente creciente de contagios, como Ejea de los Caballeros o Alcañiz. Ésta medida supone la limitación de la movilidad ya que no se podrá entrar ni salir de las localidades salvo en algunas excepciones determinadas.
En cuanto al toque de queda, se adelantará la hora de comienzo, que pasa a ser entre las 22:00 h. y las 06:00 h., es decir una hora antes de la actual. Durante ésta franja horaria sólo se permitirán los movimientos por las vías o espacios de uso público en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón en caso de causa justificada.
De igual forma, se ha establecido el cierre de actividades no esenciales a las 18:00 h. de viernes a domingo, con el fin de reducir la movilidad y reuniones sociales en espacios públicos. Así pues, se adelantará el horario de cierre dos horas, ya que hasta ahora estaba establecido a las 20 h. de acuerdo al Nivel 3 Agravado. De lunes a jueves se mantiene la hora de cierre a las 20:00 h.
Nuevas Restricciones en Aragón por Coronavirus
- Confinamiento perimetral de Zaragoza capital, así como de otras localidades aragonesas como Huesca, Teruel, Ejea de los Caballeros, Utebo, Cuarte de Huerva, Tarazona, Alcañiz y Calatayud.
- Toque de queda nocturno a partir de las 22 h. La limitación de movimientos se mantiene hasta las 06 h.
- Cierre de actividades no esenciales a las 18:00 h. de viernes a domingo. En éste apartado se incluye la hostelería. Resto de días a las 20 h.
- Las actividades esenciales podrán permanecer abiertos más allá de las 18 h.
- Las actividades culturales podrán celebrarse más allá de los límites de horarios siempre que comiencen antes de éstos
- Con carácter general, el aforo permitido se mantiene en el 25%, si bien se mantienen las excepciones que existen en éstos momentos en cuanto a actividades culturales, hostelería y gimnasios.
- Limitación de la agrupación de personas a 4 personas en todos los ámbitos, tanto público como privado, a excepción de convivientes.
IA 7d 1-enero
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IA 7d 14-enero
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ARAGON (CA)
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148,01
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329
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ZARAGOZA
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162,96
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315,40
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HUESCA
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156,21
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293,60
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TERUEL
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172,75
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674,30
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CALATAYUD
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69,92
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379,5
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UTEBO
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155,15
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262,20
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EJEA DE LOS CABALLEROS
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238,34
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953,40
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ALCAÑIZ
|
144,23
|
953,2 |
TARAZONA
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142,41
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446,20
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CUARTE | 157,86 | 233 |