Declaración responsable para desplazamientos fuera de Cuarte de Huerva
A partir del 16 de enero se establece el confinamiento perimetral de Cuarte de Huerva. Ćsta medida en la prĆ”ctica supone la limitación de acceso a la misma, es decir, no se podrĆ” entrar o salir de los limites de Cuarte de Huerva en su conjunto salvo por causas justificadas. Tal y como se establece en la orden de fecha 4 de enero, los desplazamientos justificados fuera de las zonas perimetradas deberĆ”n acompaƱarse obligatoriamente de una declaración responsable.
Ćstas causas justificadas bajo las que no aplica la restricción de movimiento son las siguientes:
- Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
- Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
- Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.
- Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.
- Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
- Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limĆtrofes.
- Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
- Renovaciones de permisos y documentación oficial, asà como otros trÔmites administrativos inaplazables.
- Realización de exÔmenes o pruebas oficiales inaplazables.
- Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
- Cualquier otra actividad de anƔloga naturaleza, debidamente acreditada.
AdemÔs de éstos motivos, no estarÔ sometida a restricción alguna la circulación en trÔnsito entre territorios no sujetos a restricciones de movilidad a través del territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Declaración responsable para desplazamientos en Cuarte de Huerva
Al igual que ocurre en el resto de zonas de Aragón con confinamiento perimetral, todas aquellas personas que necesiten desplazarse fuera del Ômbito perimetrado de Cuarte de Huerva o que accedan a la misma al amparo de alguno de los motivos establecidos anteriormente, deberÔn rellenar y llevar consigo obligatoriamente, en tanto se mantenga el desplazamiento, una declaración responsable en la que se detalle el motivo que justifica el desplazamiento entre Ômbitos territoriales perimetrados y podrÔn acompañarse de la documentación precisa para acreditar la veracidad de lo declarado.
Ćsta declaración podrĆ” ser requerida para su exhibición por los servicios y autoridades competentes. En el caso de que no se disponga o exhiba declaración responsable se expedirĆ” el correspondiente boletĆn de denuncia por infracción del rĆ©gimen de confinamiento perimetral establecido, al no considerarse justificado el desplazamiento.
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