Las luces de edificios públicos y escaparates deberán apagarse antes de las 10 de la noche

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-Ley de medidas de sostenibilidad económica, que incluye un Plan de Choque de Ahorro y Gestión Energética en Climatización para reducir el consumo de energía en edificios administrativos, recintos públicos y comercios y facilitar el cumplimiento de los compromisos europeos derivados del conflicto en Ucrania, según ha explicado la vicepresidenta tercera y ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera.

La refrigeración de estos edificios no se podrá poner por debajo de los 27 grados centígrados ni la calefacción por encima de los 19. Las puertas de acceso a los locales tendrán cierres automáticos y las luces de los escaparates se apagarán a las 10 de la noche. Además, los inmuebles tendrán que hacer una revisión extraordinaria de sus calderas e instalaciones térmicas antes del 31 de diciembre de 2022, si la última la hicieron antes del 1 de enero de 2021. Como norma general, estas medidas estarán vigentes hasta el 1 de noviembre de 2023.

La norma también incluye medidas para sustituir los combustibles fósiles por renovables. Con este objetivo, se agilizarán las tramitaciones de las redes e infraestructuras eléctricas, se facilitará la inyección de gases renovables en la red de gaseoductos y se potenciará el almacenamiento y el autoconsumo. «No nos podemos permitir el lujo de perder un solo kilovatio-hora«, ha afirmado Teresa Ribera.

El Real Decreto-ley incrementa temporalmente las obligaciones de gestión y de consumo eficiente de los inmuebles de las administraciones públicas; los establecimientos comerciales, como grandes almacenes o centros comerciales; los espacios culturales, como cines o centros de congresos; o las infraestructuras destinadas al transporte de personas, como estaciones y aeropuertos. Con más detalle:

  • Tendrán las temperaturas de calefacción y refrigeración limitadas a 19 y 27 grados centígrados respectivamente; contarán con siete días desde la publicación de la norma para hacer efectiva la limitación, que estará en vigor hasta el 1 de noviembre de 2023.
  • Exhibirán en carteles o pantallas las medidas obligatorias de ahorro, entre otras adicionales que reduzcan el consumo. También tendrán siete días para cumplir y su vigencia será efectiva hasta el 1 de noviembre de 2023.
  • Antes del 30 de septiembre deberán disponer de cierres automáticos en las puertas de acceso para impedir que se queden abiertas permanentemente, con el consiguiente despilfarro por pérdidas de energía al exterior.
  • El alumbrado de los escaparates tendrá que estar apagado desde las 22:00 horas. Esta disposición también se aplicará a los edificios públicos que estén desocupados en ese momento. Igualmente tendrán siete días para cumplir y lo tendrán que hacer hasta el 1 de noviembre de 2023.
  • Aquellos inmuebles que hayan pasado la inspección de eficiencia energética antes del 1 de enero de 2021 deberán someterse a una revisión de eficiencia energética extraordinaria antes del 31 de diciembre de 2022, de modo que todos los edificios con un consumo de climatización relevante hayan superado una inspección en los últimos dos años.